Diferencia entre «opción de compra» y «promesa de compraventa»

Pueden parecer lo mismo o muy similar, pero no lo es tanto.

Veamos:

En la «opción de compra», muy habitual con la firma de alquileres, el sobradamente conocido «alquiler con opción a compra», el comprador elige si comprar o no, no estaría obligado, es una «opción» no una «obligación». Por tanto, disfruta del bien inmueble mientras dure el contrato de alquiler, y durante el período del alquiler, durante todo el período en cualquier momento, que pueden ser hasta 3 años, el inquilino elige si se convierte en propietario o no. Finalizado el plazo de los 3 años, se firmaría un nuevo contrato. En esta «opción de compra» mientras tanto, el vendedor (propietario del inmueble) se obligaría frente al comprador.

En el «contrato de promesa de compraventa», ambas partes, tanto comprador como vendedor, quedan obligadas a la celebración del futuro contrato de compraventa, ya que hay una «promesa», de no celebrarse por cualquiera de las partes, la otra puede solicitar daños y perjuicios. Salvo que ambas partes estén de acuerdo en no celebrarse, en el contrato de promesa de compraventa, están obligados a firmar.

Se debe de hacer el contrato y a este contrato se le debe añadir tanta documentación anexa como sea necesaria, Nota Simple del Registro de la Propiedad del bien inmueble, copia del Título de Propiedad (escritura), tasación, certificado energético de la propiedad, inventario del inmueble, fotografías, video, etc. y esto sería tanto en la «opción de compra» como en la «promesa de compraventa». Hay documentos, como por ejemplo, el certificado energético, que es obligatorio tanto el caso de alquiler como en compraventa, lo solicita el arrendador o vendedor, según sea el caso.

Mi consejo es siempre el mismo, ante la más mínima duda de lo que se firma, solicitar asesoramiento a un experto, en estos casos, un API (Agente de la Propiedad Inmobiliaria) o un abogado experto en temas inmobiliarios, y así salís de dudas. No firmes nada sin asesoramiento. Siempre, por supuesto, con la debida documentación firmada por ambas partes.

Si necesitas ayuda con cualquiera de estos u otros temas relacionados con inmobiliaria, me llamo Reyes y represento #ittaGalicia inmobiliaria, tasaciones, tendencias, arquitectura trabajo en la zona de Galicia y quedo a tu disposición.

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